Las medidas de seguridad para las fábricas y talleres de armería serán las contempladas en los manuales de seguridad del Comando General de las Fuerzas Militares.
La Policía Nacional inspeccionara periódicamente las fábricas y talleres de armería. En casos necesarios, el Comando General de las Fuerzas Militares ordenara practicar inspecciones por producto de las otras Fuerzas.
La Policía Nacional en coordinación de los bomberos y la autoridad civil del lugar determinara las áreas para los expendedores de artículos pirotécnicos. CAPITULO II Importación y adquisiciones