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Artículo 227

Ley 23 de 1982 · Sobre derechos de autor.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los estatutos de las asociaciones de autores deberán contener, cuando menos:

A. Denominación, domicilio y ámbito territorial de actividades;

B. Objeto de sus actividades;

C. Requisitos y procedimientos para la adquisición, suspensión y pérdida de la calidad de afiliado;

D. Derechos, obligaciones y prohibiciones de los afiliados y forma de ejercicio del derecho de voto;

E. Determinación del sistema y procedimiento de elección de las directivas;

F. Formas de dirección, organización, administración y vigilancia interna;

G. Composición de los órganos de dirección, control y fijación de funciones;

H. Formas de constitución e incremento del patrimonio para su funcionamiento;

I. Duración de cada ejercicio económico y financiero;

J. Reglas para la disolución y liquidación de las asociaciones de autores;

K. Reglas para la administración de su patrimonio, expedición y ejecución de los presupuestos y presentación de balance;

L. Procedimiento para la reforma de los estatutos, y

M. Las demás prescripciones que se estimen necesarias para el correcto y normal funcionamiento de las asociaciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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