°. Ámbito de aplicación . Las disposiciones contenidas en el presente acto administrativo serán aplicables a los departamentos y distritos, en razón y de acuerdo con las competencias en salud otorgadas en la Ley 715 de 2001.
Se excluye de la aplicación de la presente disposición, las inversiones públicas en salud que realicen las entidades que hacen parte de los regímenes de excepción, previstos en la Ley 100 de 1993.