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Artículo 20

Funciones De La Dirección De Justicia Transicional

Decreto 1427 de 2017 · por el cual se modifica la estructura orgánica y se determinan las funciones de las dependencias del Ministerio de Justicia y del Derecho.

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Dirección de Justicia Transicional. Son funciones de la Dirección de Justicia Transicional, las siguientes: Asesorar y proponer la formulación de la política de Estado en materia de justicia transicional. Coordinar y articular los comités y los subcomités que sean implementados o creados en materia de justicia transicional, y apoyar la Secretaría Técnica de los mismos, de acuerdo con las instrucciones impartidas por el Viceministro de Política Criminal y Justicia Restaurativa. Apoyar a las instancias competentes en el desarrollo de las actividades inherentes a la ejecución de los procesos de justicia transicional. Apoyar a las entidades y autoridades competentes en la coordinación de los procesos de reinserción y resocialización de los desmovilizados en el marco normativo de la justicia transicional. Realizar con las entidades competentes el seguimiento y evaluación de los procesos judiciales de justicia transicional y formular las recomendaciones a que haya lugar. Coordinar con la Dirección de Política Criminal y Penitenciaria el apoyo al cumplimiento de las medidas de aseguramiento y el tratamiento penitenciario de los desmovilizados de grupos armados al margen de la ley, cuando a ello haya lugar. Estudiar, tramitar y proyectar para el visto bueno del Viceministro de Política Criminal y Justicia Restaurativa y para la firma del Ministro de Justicia y del Derecho, actos administrativos relativos a indultos de conformidad con la legislación vigente. Propender y velar por la unificación y coherencia de criterios sobre el contenido y aplicación de las políticas de justicia transicional del Estado. Preparar los proyectos de las postulaciones individuales y colectivas a ser presentadas a la Fiscalía General de la Nación, de acuerdo con la normatividad vigente. Promover y realizar los análisis, estudios e investigaciones necesarias para generar conocimiento y el fortalecimiento de las políticas en materia de justicia transicional con las entidades que tengan responsabilidad en el tema. Preparar proyectos normativos sobre temas de su competencia, apoyar su presentación, discusión y seguimiento, así como efectuar el respectivo análisis normativo y jurisprudencial, en coordinación con la Dirección de Desarrollo del derecho y el Ordenamiento Jurídico y la Dirección Jurídica, cuando así se requiera. Presentar informes relativos al desarrollo de las políticas, los planes y programas en materia de su competencia. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión, y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia. Atender las peticiones relacionadas con asuntos de su competencia. Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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