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Artículo 2.8.9.3

Clasificación De Las Autopsias

Decreto 780 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Clasificación de las autopsias. De manera general las autopsias se clasifican en MÉDICO-LEGALES y CLÍNICAS. Son médico-legales cuando se realizan con fines de investigación judicial y son clínicas en los demás casos.

(Artículo 3° del Decreto 786 de 1990)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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