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Artículo 30

Ley 7 de 1945 · Por la cual se dictan normas sobre régimen interno de las cámaras

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las deliberaciones de las comisiones se harán constar detalladamente en actas que serán firmadas por los dignatarios y los ponentes, y publicadas, al día siguiente, en los Anales .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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