Jornada laboral de supervisores y directores de núcleo. Los supervisores y directores de núcleo de desarrollo educativo, cumplirán sus funciones con una dedicación mínima de ocho (8) horas diarias.
El superior inmediato de los supervisores y directores de núcleo de desarrollo educativo será determinado en el acto administrativo de asignación de funciones.
(Decreto 1850 de 2002, artículo 13).