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Artículo 3

Los Empleos Temporales Prorrogados En El Presente Decreto Deberán Cumplir Las Funciones Que Dieron Lugar A La Creación De Los Mismos, De Conformidad Con Lo Señalado En La Ley 909 De 2004 Y El Decreto 1083 De 2015

Decreto 2156 de 2017 · Por el cual se prorroga parcialmente la planta de empleos temporales del Departamento Administrativo de la Función Pública.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Los empleos temporales prorrogados en el presente decreto deberán cumplir las funciones que dieron lugar a la creación de los mismos, de conformidad con lo señalado en la Ley 909 de 2004 y el Decreto 1083 de 2015. El Director de la Función Pública distribuirá los empleos de acuerdo a las necesidades del servicio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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