Las agencias privadas no lucrativas de colocación o empleo quedan obligadas a
a)
Renovar anualmente el certificado expedido por la Cámara de Comercio del domicilio de la respectiva agencia;
b)
Presentar trimestralmente los informes estadísticos sobre el movimiento de demandas y ofertas de trabajo y colocaciones dentro de los primeros quince (15) días de los siguientes meses: enero, abril, julio y octubre de cada año.