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Artículo 6

Decreto 2277 de 2008 · por el cual se reglamenta el proceso para adelantar la designación de los comisionados expertos que formarán parte de la Comisión de Regulación en Salud.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Pruebas. A los aspirantes a ser designados Comisionados Expertos de la Comisión de Regulación en Salud que reúnan los requisitos señalados en la ley y en el presente decreto, se les aplicarán las siguientes pruebas dentro del proceso de selección

a)

Examen de antecedentes laborales. Se entenderá por antecedentes laborales la experiencia profesional, estudios y publicaciones acreditados por el aspirante. Esta prueba tendrá un valor del 20% dentro del total del concurso y se valorará de acuerdo con la tabla que para el efecto expida el Ministerio de la Protección Social, siempre y cuando el aspirante cumpla con los requisitos para el desempeño del cargo. En todo caso, en la tabla se asignará mayor puntaje a la experiencia relacionada con las funciones de la CRES;

b)

Examen de conocimientos. En esta prueba se medirán los conocimientos relacionados con el Sistema General de Seguridad Social en Salud y tendrá un valor del 60% dentro del total del concurso y un mínimo aprobatorio del 65% sobre 100% de esta prueba.

c)

Entrevista. En esta prueba se medirán las competencias laborales del candidato en relación con el cargo a desempeñar. Tendrá un valor del 20% del total del concurso y es de carácter clasificatorio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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