DE LA IMPORTACION DE MATERIAS PRIMAS. A partir de la fecha de publicación del presente Decreto, la importación de materias primas para la fabricación de los medicamentos con Registro Sanitario, no requerirá del visto bueno previo por parte del Ministerio de Salud. Para efectos de su importación deberá el solicitante presentar al Incomex fotocopia del Registro Sanitario correspondiente, del producto al cual se destine.
La importación de materias primas necesarias para los lotes piloto y los ensayos previos requeridos para la tramitación del Registro Sanitario, deberá obtener del Ministerio de Salud autorización previa para su importación.