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Artículo 40

Funciones De La Subdirección De Gestión

Decreto 4107 de 2011 · por el cual se determinan los objetivos y la estructura del Ministerio de Salud y Protección Social y se integra el Sector Administrativo de Salud y Protección Social.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Subdirección de Gestión. Son funciones de la Subdirección de Gestión las siguientes

1.

Asistir a la Dirección de Administración de Fondos en la determinación de las políticas, objetivos y estrategias relacionadas con la administración de la Dirección.

2.

Responder por la estructuración, administración y custodia del sistema de gestión documental de la Dirección de Administración de Fondos.

3.

Coordinar, planear, ejecutar y controlar la administración de los recursos financieros de la Dirección de Administración de Fondos.

4.

Dirigir, controlar y coordinar las actividades relacionadas con proveedores, la adquisición, almacenamiento, custodia, mantenimiento, distribución e inventarios de los elementos, equipos y demás bienes necesarios para el funcionamiento de la Dirección de Administración de Fondos.

5.

Ejecutar las políticas, planes, programas y demás acciones relacionadas con la gestión presupuestal, contable y de tesorería de los recursos a cargo de la Dirección de Administración de Fondos.

6.

Coordinar con las diferentes dependencias, la ejecución y control del presupuesto, así como verificar y llevar la contabilidad general y de la ejecución presupuestal.

7.

Preparar el anteproyecto anual de presupuesto de la Dirección de Administración de Fondos en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación del Ministerio.

8.

Programar y realizar el giro de los recursos del Sistema General de Participaciones en Salud.

9.

Elaborar y ejecutar, el Programa Anual Mensualizado de Caja, PAC, de la Dirección de Administración de Fondos.

10.

Consolidar y presentar los estados financieros, de ingresos y ejecución de presupuesto de la respectiva vigencia fiscal para la rendición de la cuenta anual.

11.

Efectuar el análisis de los estados financieros de los fondos y presentar los correspondientes informes.

12.

Realizar el oportuno y correcto registro contable de las operaciones financieras que realice la Dirección de Administración de Fondos.

13.

Ejecutar las acciones pertinentes para el manejo del portafolio de inversiones, recaudo y pago de recursos financieros a cargo de la Dirección de Administración de Fondos con criterios de seguridad, liquidez y rentabilidad, de acuerdo con las directrices impartidas por las instancias designadas para el efecto.

14.

Ejercer el seguimiento y control de la ejecución y las interventorías que le correspondan.

15.

Coordinar y ejecutar las políticas, programas y planes sobre capacitación, promoción y bienestar social de los funcionarios en coordinación con la Secretaría General.

16.

Las demás funciones que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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