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Artículo 1

Ley 33 de 1946 · Por la cual se apropia una partida para los efectos de que trata la Ley 115 de 1943

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Destínase hasta la suma de trescientos mil pesos ($ 300.000.00) para las indemnizaciones a que diere lugar el artículo 1° de la Ley 115 de 1943 .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 33 de 1946