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Artículo 5

º

Decreto 67 de 1997 · por el cual se reajusta la asignación básica mensual y la prima de antigüedad del personal docente que presta sus servicios en las Instituciones Oficiales de Educación Superior del orden nacional y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. En ningún caso la remuneración mensual de los docentes a que se refiere el presente decreto podrá exceder a la fijada para los Ministros del Despacho y los Directores de Departamento Administrativo por concepto de asignación básica, gastos de representación y prima de dirección.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 67 de 1997