JurídicoESEN

Artículo 30

Estas Fábricas Solo Podrán Elaborar Aquellas Sustancias Para Las Cuales Haya Sido Autorizada, Y La Cantidad Máxima Indicada Por La Restricción

Decreto 1727 de 1940 · Por el cual se reglamenta el comercio y el uso de drogas que forman hábito pernicioso

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Estas fábricas solo podrán elaborar aquellas sustancias para las cuales haya sido autorizada, y la cantidad máxima indicada por la restricción.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1727 de 1940