JurídicoESEN

Artículo 1

Adiciónase La Liquidación General Del Presupuesto Nacional De Gastos Para El Año Fiscal Del 1° De Enero A 31 De Diciembre De 1920, Con La Suma De Ochocientos Mil Pesos ($ 800,000), Que Llevará Las Siguientes Imputaciones: Ministerio Del Tesoro Capitulo 82 Deuda Interior

Decreto 977 de 1920 · Por el cual se adiciona el Presupuesto Nacional de gastos de la actual vigencia económica

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Adiciónase la liquidación general del Presupuesto Nacional de gastos para el año fiscal del 1° de enero a 31 de diciembre de 1920, con la suma de ochocientos mil pesos ($ 800,000), que llevará las siguientes imputaciones: MINISTERIO DEL TESORO CAPITULO 82 Deuda interior .consolidada y flotante Artículo 893-A. Para la amortización de las cédulas de Tesorería $ 700,000 Artículo 893-B Para la amortización de vales del Tesoro 100,000 Total $ 800,000

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 977 de 1920