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Artículo 39

En La Casilla Las Observaciones Se Harán Constar Si Las Hubiere, Las Mermas Naturales Por Manipulaciones, Empleo De Análisis Y Pérdidas Justificadas, Y Consignándolas Como Baja En Las Existencias

Decreto 1727 de 1940 · Por el cual se reglamenta el comercio y el uso de drogas que forman hábito pernicioso

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En la casilla las observaciones se harán constar si las hubiere, las mermas naturales por manipulaciones, empleo de análisis y pérdidas justificadas, y consignándolas como baja en las existencias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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