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Artículo 8

º

Decreto 2221 de 1983 · por el cual se dictan normas sobre control de arrendamientos de bienes inmuebles ubicados en áreas urbanas.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. La Superintendencia de Industria y Comercio en Bogotá, y en las ciudades donde funcionen oficinas seccionales y los Alcaldes Municipales en el resto del territorio nacional, tendrán a su cargo la vigilancia y el control necesarios para garantizar la aplicación de lo dispuesto en las normas sobre control de arrendamientos. Al efecto, podrán verificar, de oficio o a solicitud de cualquiera persona, el cabal cumplimiento de las disposiciones vigentes en la materia e imponer multas sucesivas hasta por el doble del precio mensual del arrendamiento a quienes incurran en violaciones de las mismas, sin perjuicio del control y vigilancia que la Superintendencia ejerce sobre las Agencias y Oficinas de Finca Raíz.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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