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Artículo 17

La Asamblea General De Accionistas Ejercerá Las Siguientes Funciones: A) Estudiar Y Aprobar Las Reformas A Los Estatutos, Autorizar La Fusión De La Empresa Social Con Otra U Otras Sociedades Y Decretar La Disolución Del Banco De Conformidad Con Las Disposiciones Pertinentes; B) Designar Y Remover Libremente Los Miembros De La Junta Directiva, Con Sus Respectivos Suplentes, Conforme A Las Prescripciones Legales Y A Estos Estatutos; C) Designar Y Remover Libremente El Revisor Fiscal Del Banco Y A Su Suplente, Conforme A Las Prescripciones Legales Y A Estos Estatutos, Y Fijarles Su Remuneración; D) Aprobar Las Cuentas, Inventarios, Balances, E Informes Escritos Que Deben Presentar Los Administradores Al Final De Cada Ejercicio Social; E) Acordar La Forma En Que Hayan De Distribuirse Y Pagarse Las Utilidades Sociales, Lo Mismo Que La Formación Y Destino De Las Reservas Distintas De La Legal Y Las Estatutarias, Que Sean Necesarias O Convenientes Para La Empresa Social; F) Impartir Al Liquidador O Liquidadores Las Órdenes O Instrucciones Que Reclame La Buena Marcha De La Liquidación Y Aprobar Las Cuentas Periódicas Y La Cuenta Final De La Misma; G) Cumplir Las Demás Atribuciones Que Le Están Expresamente Señaladas En Las Leyes Y En Los Estatutos; Y H) Tomar, En General, Las Medidas Que Exijan El Cumplimiento Del Contrato Social Y El Interés Común De Los Accionistas, Conforme A Las Leyes Vigentes Y A Los Estatutos

Decreto 2276 de 1991 · por el cual se aprueba una reforma de los Estatutos del Banco de los Trabajadores.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Asamblea General de Accionistas ejercerá las siguientes funciones

a)

Estudiar y aprobar las reformas a los estatutos, autorizar la fusión de la empresa social con otra u otras sociedades y decretar la disolución del Banco de conformidad con las disposiciones pertinentes;

b)

Designar y remover libremente los miembros de la Junta Directiva, con sus respectivos suplentes, conforme a las prescripciones legales y a estos estatutos;

c)

Designar y remover libremente el Revisor Fiscal del Banco y a su suplente, conforme a las prescripciones legales y a estos estatutos, y fijarles su remuneración;

d)

Aprobar las cuentas, inventarios, balances, e informes escritos que deben presentar los administradores al final de cada ejercicio social;

e)

Acordar la forma en que hayan de distribuirse y pagarse las utilidades sociales, lo mismo que la formación y destino de las reservas distintas de la legal y las estatutarias, que sean necesarias o convenientes para la empresa social;

f)

Impartir al liquidador o liquidadores las órdenes o instrucciones que reclame la buena marcha de la liquidación y aprobar las cuentas periódicas y la cuenta final de la misma;

g)

Cumplir las demás atribuciones que le están expresamente señaladas en las leyes y en los estatutos; y

h)

Tomar, en general, las medidas que exijan el cumplimiento del contrato social y el interés común de los accionistas, conforme a las leyes vigentes y a los estatutos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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