Registro extemporáneo . Los inversionistas de capital colombiano en el exterior que no hayan registrado la inversión en los plazos establecidos, podrán hacerlo siempre que
En el momento de la salida de las divisas se haya declarado que el capital colombiano se destina a inversión en el exterior;
El capital colombiano se haya invertido efectivamente en el exterior. CAPITULO IV INVERSIONES CON RÉGIMEN ESPECIAL