° Modifícase la composición de los comités previstos en el artículo tercero de los Decretos 1933 y 1934 de 1992, sustituyendo al Consejero para la Política Social de la Presidencia de la República por el Director del Programa Presidencial para la Reinserción, a quien le corresponde presidir estos comités.
La Secretaría Técnica de estas comisiones (previstas en los Decretos 1933 y 1934 de 1992), será ejercida por el Director del Programa Presidencial para la Reinserción.