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Artículo 10

Acceso A La Información

Decreto 2314 de 2004 · por el cual se reglamentan algunos aspectos procedimentales de las negociaciones del Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos de América.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Acceso a la información . En desarrollo del principio de participación ciudadana y del deber de información, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo establecerá mecanismos de recepción y emisión periódica de información a la ciudadanía sobre el avance de las negociaciones incluyendo lo siguiente: * Información sobre los asuntos objeto de negociación y sobre los intereses de Colombia en cada uno de dichos asuntos. * Información sobre los intereses percibidos de los demás países en cada uno de los asuntos objeto de la negociación. * Información sobre la posición negociadora de Colombia en los diversos temas de la negociación. * Información detallada sobre el avance de las negociaciones. * Memoria del proceso de interacción entre el Equipo Negociador y los actores políticos y sociales durante el tiempo que dure la negociación. * Texto final de los acuerdos.

Parágrafo 1

De conformidad con lo previsto por el artículo 9° de la Ley 63 de 1923, la estrategia de Colombia en las negociaciones comerciales internacionales que sea definida por el Consejo de Ministros, es reservada. Dicha reserva incluye las metas y puntos de resistencia de Colombia que fueron definidos por el Consejo de Ministros en sus sesiones del 23 de febrero y del 10 de mayo de 2004.

Parágrafo 2

En aplicación del principio de buena fe que preside las relaciones internacionales, los documentos suministrados por los países negociadores bajo la expresa condición de confidencialidad no podrán ser suministrados a particulares sin la autorización previa de dichos países, salvo lo previsto en el artículo 20 del Código Contencioso Administrativo. CAPITULO 5 Disposiciones finales

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2314 de 2004