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Artículo 16

Decreto 523 de 2000 · Por el cual se modifica la estructura de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la oficina jurídica. La Oficina Jurídica cumplirá las siguientes funciones

1.

Asesorar a la Dirección Nacional y a las demás dependencias de la Escuela en los asuntos jurídicos relacionados con la entidad, asegurando la legalidad de todos los actos académicos y administrativos.

2.

Conceptuar sobre los asuntos jurídicos relacionados con el desarrollo de las actividades de la ESAP.

3.

Contribuir al estudio de los temas que, según su naturaleza, hayan sido previamente proyectados y debatidos en otras dependencias y respecto de los cuales se requiera la posición institucional de la ESAP.

4.

Preparar o revisar los proyectos de acuerdo, resoluciones, contratos, convenios y demás actos administrativos que se expidan en cumplimiento de la misión institucional.

5.

Asistir, asesorar y representar a la entidad en el trámite y solución de los asuntos judiciales y extrajudiciales relacionados con su misión, cuando así se lo encomiende el Director Nacional, e informarle oportunamente sobre el avance de los negocios.

6.

Recopilar, actualizar, codificar y sistematizar las normas legales y reglamentarias que hagan relación a la actividad de la entidad.

7.

Rendir informes periódicos y los demás que le solicite el Director Nacional.

8.

Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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