JurídicoESEN

Artículo 1

Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Obras Publicas Capítulo 98

Decreto 1425 de 1947 · Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Obras Públicas).

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Capítulo 98. Del artículo 1950. Para gastos de conservación y de adiciones y mejoras de la red de carreteras nacionales, inclusive la de Cali a Buenaventura, según distribución que hará el Gobierno $ 110.00 Capítulo 99. Del artículo 105 J. Para la carretera Yolombó-Segovia. 2.567.71 Suman los contracréditos $ 2.677.71 Capítulo 108 Al artículo 2244. Para el pago de cuentas pendientes de vigencias anteriores $ 2.677.71 Suman los créditos $ 2.677.71

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1425 de 1947