JurídicoESEN

Artículo 15

Recursos Humanos

Decreto 1461 de 1996 · por el cual se organiza el Fondo Nacional para la Denfesa de la Libertad Personal.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 15. Recursos humanos . Para la atención de sus operaciones, Fondelibertad contará con el personal requerido en los niveles profesional, técnico asistencial y de ejecución de la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República. No obstante, dicho personal, total o parcialmente, podrá también prestar sus servicios mediante contrato, sin que se genere relación laboral y administrativa alguna entre la Administración o el Fondo y los contratistas. La contratación se efectuará previa oferta de servicios y concepto favorable del Director del programa Presidencial, sobre aceptación de términos de referencia, conveniencia y remuneración.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1461 de 1996