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Artículo 42

Ley 191 de 1995 · por la cual se dictan disposiciones sobre Zonas de Frontera.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los recursos del fondo económico para la modernización de las Zonas de Frontera provendrán de:

a)

Los aportes del Presupuesto Nacional;

b)

Los aportes y contraprestaciones que reciba de las Zonas de Frontera y Unidades Territoriales de Desarrollo Fronterizo;

c)

Las donaciones y demás recursos que reciban a cualquier título;

d)

Las demás que se establezcan.

Parágrafo

El Consejero Presidencial de Fronteras tendrá asiento en el Consejo Nacional de Política Económica y Social, Conpes

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 191 de 1995