La esposa e hijos menores del personal de la Fuerza Aérea en servicio activo, pueden ser; atendidos profesionalmente por los Oficiales de Sanidad, siempre que residan en el lugar de la guarnición.
Los Oficiales de la Fuerza Aérea en uso de buen retiro, pueden ser atendidos profesionalmente por los Oficiales de Sanidad Militar en los lugares donde exista guarnición.