º . La Empresa Nacional de Telecomunicaciones establecerá las características técnico-operacionales del servicio y prestará los medios necesarios para la transmisión de datos en todo el territorio nacional y sus conexiones con el exterior.
Las empresas telefónicas locales deberán suministrar a la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, los recursos de comunicaciones necesarios para la prestación integral de este servicio, en las condiciones que establezca la Junta Nacional de Tarifas de Servicios Públicos.