La pena prescribirá
En treinta años, si fuere privativa de la libertad y mayor de veinte;
En veinte años, si fuere privativa de la libertad y mayor de diez;
En un tiempo igual al doble de la sanción, si fuere privativa de la libertad y no mayor de diez años;
En cinco, tratándose de penas no privativas de la libertad: En ningún caso prescribirá la sanción en un término menor de tres años.