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Artículo 1

Decreto 656 de 2026 · Por el cual se delegan la: lega'les unciones constitucionales

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Por el tiempo que dure la ausencia del presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente Decreto, deléganse en el ministro de Hacienda y Crédito Público, doctor Germán Ávila Plazas, las funciones legales y las siguientes atribuciones constitucionales:

1.

Artículo 129.

2.

Artículo 138, inciso 5.

3.

Artículo 189, con excepción de lo previsto en el numeral 2, 5, 6 y 7.

4.

Artículo 150 numeral 10, en cuanto se refiere al ejercicio de las facultades extraordinarias concedidas al Presidente de la República.

5.

Artículos 163,165, 166 Y 167.

6.

Artículos 200, 201 Y 202.

7.

Artículos 213, 214 Y 215.

8.

Artículos 303, 304, 314 y 323.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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