A partir del 1° de enero de 2009, los Citadores que presten los servicios en la Procuraduría General de la Nación, tendrán derecho a un auxilio especial de transporte, de conformidad con lo establecido en el artículo 32 del Decreto 717 de 1978, así
Para ciudades de más de un millón de habitantes, la suma de cincuenta y cuatro mil quinientos seis pesos ($54.506.) moneda corriente mensuales.
Para ciudades entre seiscientos mil y un millón de habitantes, la suma de treinta y cuatro mil trescientos cincuenta y ocho pesos ($34.358.) moneda corriente mensuales.
Para ciudades entre trescientos mil y menos de seiscientos mil habitantes, la suma de veintiún mil ochocientos veinticinco pesos ($21.825.) moneda corriente mensuales.