Ejercerán las funciones del Ministerio Público ante el Tribunal Superior de Aduanas, dos Fiscales nombrados por el Gobierno, para períodos de cuatro años, contados a partir del 1º de abril de 1958, de ternas que presentará el Procurador General de la Nación.
Los Fiscales del Tribunal Superior de Aduanas devengarán el mismo sueldo de los Magistrados del Tribunal Superior de Aduanas y deberán reunir las mismas calidades de los Fiscales de los Tribunales Superiores de Distrito Judicial.