ARTICULO 7o . Adiciónanse los artículos 2.2.1.2.3 y 2.2.1.2.4 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero con el siguiente
Parágrafo
Parágrafo
Lo dispuesto en el presente artículo es aplicable también a todas aquellas sociedades de servicios financieros en cuya constitución u organización participen entidades no sometidas a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Bancaria.