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Artículo 7

O

Decreto 2815 de 1991 · por el cual se introducen algunas modificaciones al Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 7o . Adiciónanse los artículos 2.2.1.2.3 y 2.2.1.2.4 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero con el siguiente

Parágrafo

Parágrafo

Lo dispuesto en el presente artículo es aplicable también a todas aquellas sociedades de servicios financieros en cuya constitución u organización participen entidades no sometidas a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Bancaria.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2815 de 1991