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Artículo 74

Los Arrendatarios De Estos Locales Se Constituyen Responsables Del Personal Que De Ellos Dependan, Y En Caso De Contravención Al Presente Reglamento O A Las Disposiciones Aduaneras, Se Les Aplicarán, Las Sanciones Que En Los Mismos Se Establecen

Decreto 2411 de 1975 · Por el cual se reglamenta el funcionamiento de la Zona Franca, Industrial y Comercial de Cartagena

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los arrendatarios de estos locales se constituyen responsables del personal que de ellos dependan, y en caso de contravención al presente reglamento o a las disposiciones aduaneras, se les aplicarán, las sanciones que en los mismos se establecen. El personal empleado en los almacenes particulares deberá sujetarse rigurosamente a las disposiciones emanadas de la Gerencia.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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