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Artículo 18

Consejería Presidencial Para Las Regiones

Decreto 2647 de 2022 · por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Consejería Presidencial para las Regiones . Son funciones de la Consejería Presidencial para las Regiones, las siguientes

1.

Asesorar al Presidente de la República, a la Jefe de Despacho Presidencial y al Secretario General en relación con las políticas, planes y programas que el Gobierno nacional deba adelantar en las regiones.

2.

Coordinar la creación de espacios de interacción y diálogo permanente entre las autoridades de orden territorial, los actores sociales, el Gobierno nacional y los ciudadanos.

3.

Coordinar y apoyar a las entidades competentes del orden nacional y territorial en la ejecución de políticas y el desarrollo de programas, planes y proyectos estratégicos del Gobierno nacional en territorio, enfocadas al desarrollo y fortalecimiento de las regiones.

4.

Articular la comunicación e implementar los mecanismos de gestión y coordinación entre el Gobierno nacional y los Gobiernos Territoriales, según las directrices del Presidente de la República y la Jefe de Despacho Presidencial.

5.

Efectuar el seguimiento a las solicitudes y compromisos que se deriven de la agenda del Presidente de la República y los diferentes espacios que se coordinen entre el Gobierno nacional y las regiones.

6.

Coordinar con las demás dependencias del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y con aquellas entidades que se requiera los aspectos logísticos, de tecnología y comunicaciones inherentes a la interacción que se adelante con las entidades territoriales a través de las visitas regionales.

7.

Hacer seguimiento al cumplimiento de las decisiones judiciales y de otras autoridades, que conlleven órdenes al Presidente de la República o al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y que tengan relación con las acciones que deban adelantar en las regiones.

8.

Identificar las posibles situaciones de conflicto social que se puedan generar en los territorios y transmitir los temas coyunturales a las instancias gubernamentales territoriales competentes territoriales para que, en coordinación con la Unidad de Cumplimiento, se gestionen los mecanismos de solución y se efectúe su monitoreo.

9.

Articular con el Ministerio de Relaciones Exteriores las estrategias de acompañamiento a los colombianos en el exterior.

10.

Adelantar las gestiones para obtener cooperación internacional de acuerdo con las necesidades y los lineamientos establecidos por el Secretario General, en coordinación con la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia y el Ministerio de Relaciones Exteriores.

11.

Las demás que le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el Presidente de la República y la Jefe de Despacho Presidencial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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