°. Los contratos para elaboración de estudios, planos, proyectos, localización de obras, dirección técnica o ejercicio de la interventoría, de que trata el literal c) del artículo 2° de la Ley 4ª de 1964, se dividen en dos grupos, a saber
Los que se refieren al ejercicio de la ingeniería, y
Los que se refieren al ejercicio de la arquitectura.