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Artículo 1

Decreto 197 de 1916 · Por el cual se reduce el personal de la cañonera Colombia

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Redúcese la guarnición de la cañonera Colombia al siguiente personal: Un Sargento primero. Un Sargento segundo. Un Cabo primero y Diez soldados. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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