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Artículo 10

Inscripción De La Resolución

Decreto 1577 de 1974 · Por la cual se reglamenta las Leyes 200 de 1936 y 135 de 1931, con las modificaciones introducidas por las Leyes 1ª de 1968 y 4ª de 1973 en lo relativo a la extinción del derecho de dominio privado sobre inmuebles rurales

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 10º Inscripción de la resolución . Para efectos de publicidad, la providencia que evite el procedimiento de extinción del dominio se comunicará inmediatamente a la Oficina de Registro de Instrumentos públicos correspondiente, para su inscripción deberá surtirse a mas tardar, al día siguiente de la fecha de recibo de la comunicación. A partir de este registro las actuaciones administrativas que se adelanten producirán efecto frente a terceros.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1577 de 1974