El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y el Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda dispondrán de unsistema de seguimiento que permita identificar, respecto de cada hogar beneficiario, la modalidad asignada, la fuente de financiación, el estado de ejecución de la solución y su fecha de entrega, y publicarán informes periódicos sobre la ejecución de las medidas previstas en este decreto.
Las medidas adoptadas en desarrollo de este Decreto se sujetarán a los mecanismos de seguimiento, trazabilidad y control fiscal previstos en la parte motiva del Decreto 1261 de 2026, sin perjuicio de las competencias de los organismos de control.