°. Vigencia . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y modifica el
del artículo 1.6.5.3.3.1. de la Sección 3 del Capítulo 3 del Título 5 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto número 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria.