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Artículo 88

Ley 81 de 1960 · Reorgánica del Impuesto sobre la Renta

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Se consideraran como renta de trabajo de personas que administren o gerencien su propio negocio, y de comisionistas cuya renta se obtiene por la acción combinada del capital y del trabajo, los siguientes porcentajes de la renta liquida mixta:

El 80% cuando el patrimonio liquido en diciembre 31 sea inferior a $ 200.000 el 60% cuando el patrimonio liquido en diciembre 31 sea superior a $ 200.000.00, sin exceder de $ 300.000.00;

El 40% cuando el patrimonio liquido en diciembre 31 sea superior a$ 300.000.00, sin exceder de $ 400.000.00;

El 20% cuando el patrimonio liquido en diciembre 31 exceda de $ 400.000.00.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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