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Artículo 2

Para Todos Los Efectos De La Ley 31 De 1925 Y Demás Disposiciones Legales Sobre Protección De La Propiedad Industrial, La Certificación De Que Trata El Artículo Anterior No Establece Ni Preconstituye Derecho Ninguno A Favor Del Peticionario De La Licencia

Decreto 667 de 1928 · Por el cual se reglamenta la expedición de licencias para la venta o importación de especialidades farmacéuticas en relación con el nombre de éstas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Para todos los efectos de la Ley 31 de 1925 y demás disposiciones legales sobre protección de la propiedad industrial, la certificación de que trata el artículo anterior no establece ni preconstituye derecho ninguno a favor del peticionario de la licencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 667 de 1928