CONCEPTO DEL INVESTIGADOR. El funcionario investigador emitirá concepto dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes al vencimiento del termino para alegar, y en el mismo expresara
Un relato de los hechos;
Si de la actuación surtida surge o no violación a las normas del presente reglamento, indicando las disposiciones violadas, determinando si se trata de falta común o constitutiva de mala conducta. El fallador podrá apartarse del concepto de investigador.