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Artículo 65

Los Alumnos Sólo Podrán Matricularse En Las Asignaturas Correspondientes Á Un Mismo Año De Estudios, Ó En Las De Dos Años Consecutivos, Siempre Que No Haya Incompatibilidad En Las Horas De Clases

Decreto 804 de 1911 · Sobre Estatutos de la Escuela Nacional de Minas de Medellín

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los alumnos sólo podrán matricularse en las asignaturas correspondientes á un mismo año de estudios, ó en las de dos años consecutivos, siempre que no haya incompatibilidad en las horas de clases. .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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