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Artículo 20

La Autoridad Ejecutiva Regional Adecuará Y Reglamentará Los Distritos Educativos Y La Supervisión Educativa Regional Con Base En Las Necesidades De Orientación, Asesoría Y Seguimiento Administrativo Y Pedagógico Que Generen Los Núcleos De Desarrollo Educativo Y De Acuerdo Con Las Políticas Y Directrices Del Ministerio De Educación Nacional

Decreto 1246 de 1990 · por el cual se adopta el sistema de nuclearización para la administración de la educación.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La autoridad ejecutiva regional adecuará y reglamentará los distritos educativos y la supervisión educativa regional con base en las necesidades de orientación, asesoría y seguimiento administrativo y pedagógico que generen los núcleos de desarrollo educativo y de acuerdo con las políticas y directrices del Ministerio de Educación Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1246 de 1990