El Ministerio de Hacienda y Crédito Público Dirección General del Presupuesto hará por resolución las aclaraciones y correcciones de leyendas necesarias para enmendar los errores de transcripción y aritméticos que figuren en el Presupuesto de 1983 y vigencias anteriores.
En el caso de los aportes para el Desarrollo Regional las modificaciones requieren solicitud previa de la Mesa Directiva de la Comisión Cuarta Constitucional de la honorable Cámara de Representantes.