°. Los empleados públicos de la Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana S.A., serán incorporados directamente a los empleos equivalentes establecidos en el presente decreto, y continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente hasta tanto se produzca la incorporación a la planta de personal.
La incorporación de los empleados a la planta de personal establecida en el presente decreto, se efectuará dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de su publicación, teniendo en cuenta lo dispuesto en las normas legales vigentes sobre la materia.