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Artículo 1

Decreto 2548 de 1999 · por medio del cual se crea una Comisión para revisar las normas especiales del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, y proponer el Estatuto que proteja la identidad cultural de su pueblo raizal, de conformidad con lo establecido en el artículo 310 de la Constitución Política.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Créase una Comisión para revisar el régimen especial en materia administrativa, de inmigración, fiscal y de comercio exterior del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, de conformidad con lo establecido en el artículo 310 de la Constitución Política, así como para estudiar y redactar un proyecto de Estatuto que preserve la identidad cultural de su pueblo raizal, la cual estará integrada por

1.

El Ministro del Interior o su Delegado, quien lo presidirá.

2.

El Ministro de Relaciones Exteriores, o su delegado.

3.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, o su delegado.

4.

El Ministro de Desarrollo Económico, o su delegado.

5.

El Ministro de Educación, o su Delegado.

6.

El Ministro del Medio Ambiente, o su delegado.

7.

El Ministro de Comercio Exterior, o su delegado.

8.

El Ministro de Cultura, o su delegado.

9.

El Director del Departamento Nacional de Planeación, o su delegado.

10.

El Gobernador del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, o su delegado, y

11.

El Alcalde de Providencia, o su delegado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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