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Artículo 6

El Director Ejecutivo De La Corporación Autónoma Regional De Los Valles Del Magdalena Y Del Sinú (C

Decreto 218 de 1965 · por el cual se reglamentan parcialmente los ordinales c) y d) del artículo 1° del Decreto extraordinario número 3304 de 1963.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El Director Ejecutivo de la Corporación autónoma Regional de los Valles del Magdalena y del Sinú (C.V.M.), tendrá voz en las deliberaciones del Consejo nacional de Pesca, y deberá ser convocado a las respectivas reuniones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 218 de 1965