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Artículo 3

El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Publicación En El Diario Oficial, Requisito Que Se Entiende Cumplido Con La Orden Impartida Por El Director General De Crédito Público

Decreto 1896 de 1992 · por el cual se concede una autorización al Gobierno Nacional para gestionar la contratación de un empréstito externo hasta por la suma de D.M. 7.000.000.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El presente Decreto rige a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial, requisito que se entiende cumplido con la orden impartida por el Director General de Crédito Público. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 23 de noviembre de 1992. CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Hacienda y Crédito Público ad hoc, Héctor Cadena Clavijo .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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